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Catamarca: Quieren que productos locales tengan la denominación de origen

Publicado en noticias by machimar en Abril 20th, 2008

19/04/08

El bloque de diputados del FCS con el acompañamiento del diputado provincial Renato Gigantino presentaron un proyecto de Ley denominado “Régimen Legal Provincial para las Indicaciones Geográficas o de Procedencia y Denominación de Origen de Catamarca”, que tiene por objeto crear un marco legal provincial que ofrezca una adecuada protección a las Denominaciones de Origen de Catamarca, certificando que un determinado producto pertenece a área determinada del territorio provincial y que, por lo tanto, su calidad, reputación u otra característica son imputables fundamentalmente a su origen geográfico …

Fuente: Noapress

Ya hubo un proyecto similar en la Cámara de Senadores que luego fue enviado para su archivo. La denominación de origen es una de las condiciones necesarias para permitir el ingreso de Argentina al Consejo Olivícola Internacional. Esta característica de signos distintivos no indica meramente el origen geográfico de un producto sino que implica cierta calidad especial que deriva del terruño y que se mantiene a través del tiempo.Las Indicaciones Geográficas y las Denominaciones de Origen garantizan un determinado origen y una determinada calidad. La diferencia entre una y otra está dada por la mayor o menor vinculación del producto con el terruño: exclusiva en la Denominación de Origen (el proceso productivo debe desarrollarse integralmente en el área de producción); más flexible en las Indicaciones Geográficas (determinadas etapas del proceso productivo pueden desarrollarse en otras zonas distintas del área de producción).El producto amparado por una Denominación de Origen se caracteriza esencialmente por su fuerte identidad, la cual está dada por la zona geográfica de la cual proviene. Esta cualidad específica se la da el “terruño” en sentido amplio: entidad integrada por elementos geológicos, climáticos, técnicos y humanos.Las Indicaciones Geográficas (I.G.) y Denominaciones de Origen (D.O.) constituyen instrumentos de diferenciación de productos brindando seguridad jurídica a consumidores y productores. Ambas figuras funcionan como suerte de “marca colectiva”.

Fuente: Noapress

http://www.noapress.com.ar/

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